Información MÁS ÚTIL sobre
el funcionamiento del CEIC
1.-COMPOSICION
Y ESTRUCTURA DEL CEIC-R y C:
a)
Los miembros del CEIC del Hospital Ramón y Cajal actualmente son:
- Un
Profesional de Atención Primaria:
D.Miguel Angel Salinero Fort. Médico de Familia.
-
Tres personas no pertenecientes a las profesiones sanitarias:
Dña. María Muñoz Fernández. Licenciada en Derecho.
Dña. Pilar López Cebrián. Licenciada en Derecho y Ciencias Económicas.
No vinculado laboralmente al Hospital. Experta en Bioética.
-
Un Farmaceútico del Hospital:
Dña. Milagros Anaya Turrientes.
- Un
Farmacólogo Clínico:
Dña. María de los Angeles Gálvez Múgica.
- Ocho
Médicos con labor asistencial:
D. Antonio Becerra Fernández. Endocrinología.
Dña. Antonio Antela López. Microbiología.
Dña. Lucrecia Suárez Cortina. Pediatría.
D. Carlos San Román Cos-Gayón. Genética
Dña. Sonsoles Sancho Gracia. Oncología Radioterápica.
Dña. Belén de la Hoz Caballer. Alergología.
D. Agustín Albillos Martínez. Gastroenterología.
D. Luis Manzano Espinosa. Medicina Interna
- Un
Enfermero:
D. Francisco Rodríguez Martín. ATS.
- Dos
Miembros de la Comisión de Investigación:
Dña. Concepción Moro Serrano. Cardiología.
D. Antonio. González Martín. Oncología
b)
La estructura del CEIC-R y C actualmente es la siguiente:
- Presidenta:
Dña. Belén de la Hoz Caballer.
- Vicepresidenta:
D. Carlos San Román Cos-Gayón.
- Secretaria:
D. Agustín Albillos Martínez.
- Vocales.
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2.-FUNCIONES
Las funciones del CEIC son las establecidas en el art. 42 del
Real Decreto 561/1993.El CEIC, evaluará los aspectos metodológicos,
éticos y legales de los Protocolos que se presenten a aprobación,
así como el balance de riesgos y beneficios. Las funciones específicas
del presidente , del secretario y de los demás miembros del CEIC
son las que especifica la legislación vigente básicas del CEIC.
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3.-
REUNIONES DEL CEIC
Periocidad
El Comité se reunirá de forma ordinaria una vez al mes y de forma
extraordinaria en las ocasiones en que la demanda en número de
protocolos o problemas pendientes lo exija.
Calendario para 2002
-6 de Agosto.
-10 de Septiembre.
-1 de Octubre.
-5 de Noviembre.
Convocatoria
La convocatoria se hará al menos con 7 días de antelación, adjuntando
los resúmenes de los protocolos que se vayan a discutir para facilitar
la evaluación de éstos. Las convocatorias de las reuniones del
CEIC serán cursadas por el Secretario, una vez aprobadas por el
Presidente.
Actas
De cada reunión del Comité, se elaborará un Acta en la que
se detallarán los miembros asistentes y quedará reflejado que
para cada Protocolo se han evaluado los aspectos metodológicos,
éticos y legales.
Asistentes
Podrán
asistir a las reuniones del CEIC, además de sus miembros y de
lo que especifica la legislación en materia de representatividad:
1.- Los expertos que se hubieran asignado como consultores
2.-El/los investigador/es principal/les, a requerimiento propio
o del CEIC. De los asistentes a las reuniones del CEIC, sus miembros
acreditados tendrán voz y voto los no miembros sólo voz.
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4-PLAZOS
DE EVALUACION Y RESPUESTA
Los protocolos se presentarán en la Secretaría del Comité
antes del día 15 de cada mes.
Los protocolos que tengan toda la documentación adecuada se les
dará una fecha con registro de entrada. Serán admitidos para evaluación
todos aquellos protocolos con fecha de registro de entrada en
la Secretaría del Comité antes del día 15 del mes previo a la
reunión siguiente.
Cada protocolo antes de presentarse a discusión, será estudiado
como mínimo tres miembros del Comité. El resumen de cada protocolo
será asimismo distribuido a todos los miembros del CEIC previamente
a la discusión para su evaluación.
Para cada proyecto a estudio el CEIC dispondrá para presentarlo
a discusión de un plazo máximo de 30 días (EXCEPCIONALMENTE DOS
MESES EN PERIODO DE VACACIONES ESTIVALES). En el caso de que fuese
necesario el informe del asesor o experto, estos plazos podrán
variarse.
La respuesta del Comité se enviará en los 15 días siguientes
a su discusión, al Investigador y al Promotor. La decisión
puede ser:
- 1
Aprobado
- 2
Condicionado con recomendaciones (Objeciones menores). No precisa
acudir a la nueva reunión.
- 3
Condicionado (Objeciones mayores). Debe evaluarse en la próxima
reunión.
- 4
Denegado.
Una
vez aprobado por el CEIC el ensayo clínico se envía el resultado
a la Dirección Médica del Hospital, dónde se revisa y se valora.
En el certificado que emite el Comité debe aparecer el número
de la versión, la versión y en su caso los temas revisados del
protocolo (esto en relación con enmiendas etc..)
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5-DOCUMENTACION
A PRESENTAR
De cada protocolo se presentarán en la secretaría del CEIC
- 5
ejemplares completos, incluido en cada uno: certificado de la
póliza de seguros de responsabilidad civil , memoria económica,
compromiso del investigador principal y colaboradores.
- Para
cada miembro del Comité una carpetilla que contenga: resumen,
consentimiento informado e información al paciente.
Los protocolos que tengan la documentación completa adecuada se
les dará una fecha de entrada con registro.
Aquellos protocolos con deficiencias documentales se les notificará
a los promotores para que puedan ser subsanadas, sin que hasta
ese momento pueda ser registrado el protocolo para elevarse a
estudio por el Comité.
Para
la presentación de los protocolos a estudio por el CEIC es necesario
que los protocolos:
- Se
ajusten a lo dispuesto en el decreto 39/1994 de 28 de Abril
de la Comunidad Autónoma de Madrid. Se detallaran los aspectos
metodológicos, éticos, legales y del seguro del ensayo.
-
Todo protocolo estará redactado, siguiendo las indicaciones
que figuran en el artículo 8, apartado C del Real Decreto 561/1993
de 16 de Abril.
- En
cuanto a los aspectos económicos figuraran de forma explícita,
los requisitos señalados en el artículo 42 (RD. 561/93 de 16
de Abril del Ministerio de Sanidad y Consumo, que establece
los requisitos para la realización de los EC.
-
a) Compensación económica y su distribución que se ofrece
al equipo investigador
- b)
Contraprestación o explicación expresa en su caso, de ausencia
de la misma, que esta previsto que reciban los sujetos del
ensayo (enfermos o sanos).
- c)
Certificado de la Póliza de Seguros para el caso concreto
del E.C que se realice en Hospital R y C o se tutele por
el Comité de este hospital, que ampare la responsabilidad
civil del investigador y sus colaboradores; y del titular
del hospital o centro donde se realice el ensayo, así como
deberá cubrir los posibles daños a los sujetos del ensayo
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6-
PROCEDIMIENTO DE EVALUACION
Se valorará según Real Decreto 561/1993 de 16 de Abril: - la idoneidad
tanto del protocolo como del equipo investigador.
- las características del ensayo.
- el alcance y distribución de las compensaciones al equipo investigador
y a los sujetos del ensayo.
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7- SEGUIMIENTO DEL ENSAYO CLINICO (EC) o PROYECTO DE INVESTIGACIÓN
El comité realizará el Seguimiento de los proyectos de los EC
y Proyectos por el aprobados. Es obligación del Investigador Principal
comunicar periódicamente ( el inicio del Protocolo que se considera
al incluir el primer paciente , cada 6 meses y al final del ensayo)
el curso del EC o Proyecto aprobado.
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